Por Pedro Arzeta García
*Constancia expedida al diputado Alfredo Sánchez estuvo apegada a derecho: Javier Rojas Benito
El secretario de Asuntos Indígenas y Afromexicanos (SAIA), del gobierno del estado Javier Rojas Benito, sostuvo que hasta este momento ninguna autoridad administrativa ni electoral, le han requerido algún informe respecto a la constancia expedida en favor del diputado local Alfredo Sánchez Esquivel, documento que avaló su auto adscripción indígena y le permitió participar en el pasado proceso electoral.
Los cuestionamientos los redujo a pugnas internas entre los militantes del partido MORENA, “son cuestiones internas de los activistas del partido MORENA, en primer lugar, las constancias que se expiden en la secretaria de Asuntos Indígenas fueron apegadas a derecho, por cada constancia existe un expediente que respalda tanto la pertenencia, auto adscripción por ser originarios” fustigó.
Dijo estar en la mejor disposición, sí así lo desean las autoridades electorales o administrativas de ventilar o aclarar el caso en mención, porque debe quedar claro que “todas las constancias que se expidieron fueron gratuitas, a todos los que la recibieron se les puede cuestionar, nadie pagó nada no hubo moche”.
Rojas Benito estuvo presente en el Foro “Propuesta de Reforma Constitucional sobre Derechos de los Indígenas y Afromexicanos”, celebrado el domingo 04 de Julio en el municipio de Ayutla de los Libres, convocado por el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), en donde abiertamente se le cuestionó respecto a la constancia expedida a Sánchez Esquivel.
Al conceder una entrevista al término del evento, el funcionario estatal, dijo que no respondió a ninguno de los cuestionamientos durante el foro, por respeto al nivel de discusión que se tenía en torno a las Características Fundamentales de la Propuesta de Reforma Constitucional, que impulsa el presidente de México Andrés Manuel López Obrador pero, resaltó que la auto adscripción es un derecho constitucional previsto en el artículo 15 de la ley 701 y en el IEPC en los artículos del 43 al 51 se estipula la postulación de las candidaturas indígenas y la auto adscripción.
“La constancia expedida no atenta ni violenta los derechos de los indígenas, el no haberla expedido si se hubiese cometido alguna discriminación, cuando la persona se presente del partido que sea y acredite, además la autoridad electoral no ha pedido inspeccionar los archivos que están abiertos para quien lo desee hacer. Todo se hizo apegado a derecho”.
Lo que sí propuso es que para no caer en la confrontación en los foros locales se debe prever la figura o establecer bien la figura de la AUTO ADSCRIPCION en la ley para que no se den casos de usurpación de la identidad indígena.
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