Detectó esta Procuraduría irregularidades como el incumplimiento de condiciones establecidas en el título de concesión, así como carecer de autorización en materia de impacto ambiental.
El título de concesión fue otorgado en 2007.
México, D.F., a 26 de julio de 2014. Derivado de las acciones emprendidas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) emitió la Resolución Administrativa por la que revoca el Título de Concesión otorgado al muelle en Playa El Revolcadero, ubicado en el municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero.
La determinación de SEMARNAT se realizó a través de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, tomando en cuenta la Resolución Administrativa emitida por la PROFEPA, que detectó diversas irregularidades durante la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas en el Título de Concesión.
En 2007, la SEMARNAT había otorgado el título de concesión respecto de una superficie de 52.79 m2 de playa marítima, localizada en Playa El Revolcadero, para uso de arranque de un muelle.
Cabe destacar que la PROFEPA, entre sus atribuciones, tiene a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones relativas al uso y aprovechamiento de la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT) y sus playas marítimas, donde persisten los ecosistemas más frágiles y que representan la interfase entre el medio terrestre y el marino, además de constituir un espacio en el que confluye una gran diversidad de actividades económicas.
Una de las prioridades de la Subprocuraduría de Recursos Naturales, a través de la Dirección General de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre, se concentra en la atención a la problemática ambiental y el ordenamiento de la ocupación de la ZOFEMAT, sobre todo las que tienen mayor desarrollo turístico.
Derivado de lo anterior, la PROFEPA realizó visita de inspección a la empresa titular del muelle en Playa Revolcadero, con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el título de concesión y, una vez substanciado el respectivo procedimiento administrativo, se emitió Resolución Administrativa como consecuencia de diversas irregularidades.
Se detectó el incumplimiento de varias condiciones establecidas en el Título de Concesión, como lo son el realizar una obra distinta a la que fue autorizada, no conservar el área concesionada en condiciones de higiene, instalar obras distintas a las autorizadas y no obtener la autorización en materia de impacto ambiental para la obra denominada arranque de muelle que fue autorizada en el Título de Concesión.
Con motivo de las mencionadas irregularidades, esta Procuraduría solicitó que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros actuara en consecuencia, toda vez que las citadas irregularidades son causa de revocación de las concesiones. Como resultado la SEMARNAT emitió la Resolución Administrativa por el que revoca el Título de Concesión.
En tal virtud, resultan de especial importancia las acciones de inspección que lleva a cabo la PROFEPA en estos bienes de la Nación, ya que constituyen el eje de impulso en el uso y aprovechamiento adecuado de nuestras zonas de costa, con una nueva visión de desarrollo sustentable en armonía con el desarrollo, motivando el cumplimiento estricto de las disposiciones aplicables en materia ambiental y patrimonial, y como expresión del derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.
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