BAJO FUEGO
El hecho de que 19 mujeres estuvieran durmiendo junto con sus esposos un domingo dentro del Centro de Reinserción Social de Las Cruces, fue motivo suficiente para que personal del Operativo Guerrero Seguro las clasificara oficial y públicamente como prostitutas en servicio.Al percatarse del error, el vocero del gobierno del estado en materia de seguridad, Arturo Martínez Núñez, corrigió el término: ya no eran prostitutas sino “mujeres que cohabitaban ilegalmente” con sus esposos en el interior del penal. Pero, como veremos más adelante, no ocurrió ni una cosa ni la otra.
Claro que se no trataba de prostitutas, sino de las esposas o concubinas de internos del Cereso que disfrutaban así de un derecho legal consignado en la Ley del Sistema de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Guerrero número 367, así como de su respectivo reglamento.
Es decir, fueron mujeres sorprendidas por una autoridad en un lugar y condiciones inapropiadas según el pobre criterio de policías locales, federales y militares que, por consecuencia, las clasificaron inmediatamente como putas.
El incidente nos remite a la memoria de aquel trágico episodio de abril pasado ocurrido en la ciudad canadiense de Toronto, donde otro policía, Michael Sanguinetti, después de un episodio de agresión sexual contra una joven ciudadana, en conferencia de prensa recomendó a las mujeres “evitar vestirse como putas para no ser víctimas de violencia sexual”.
La declaración desató una enérgica reacción internacional de miles de mujeres que, indignadas, salieron a las calles a manifestarse tanto en Canadá como en Estados Unidos, donde la protesta más emblemática se produjo en Nueva York. Dicha protesta se replicó en 14 países, México incluido. En Guerrero la denominada Marcha de las Putas, que reclama respeto irrestricto a la integridad física y sexual de las mujeres sin importar como vistan o se comporten, se llevó a cabo el 29 de julio pasado en Chilpancingo.
Pero apenas cuatro meses después, en una muestra inequívoca de que no entendieron el mensaje, un vocero oficial en materia de seguridad, en su calidad de interpósita persona, hace circular como versión oficial el señalamiento de policías federales y locales, militares y marinos, que constituyen la fuerza operativa del Operativo Guerrero Seguro, quienes definieron a esas personas -que son esposas y madres de familia- como sexoservidoras.
Por la forma en que fue difundido el mensaje gubernamental, pareciera que en el interior del centro de reclusión se desarrollaba una suerte de fiesta o bacanal.
La verdad de lo que pasó ahí dentro sólo ellos la saben, pero el caso es que además de que presentaron ante el Ministerio Público a las detenidas para que explicaran su presencia en el penal, también hubo un saldo de 36 internos golpeados, algunos con heridas abiertas según fotografías presentadas en una conferencia de prensa.
El vocero Martínez Núñez se alcanzó inclusive la puntada de decir que el Gobierno del Estado iniciará una investigación para deslindar las responsabilidades en que habría incurrido el director y personal de seguridad del centro penitenciario que presumiblemente tendrían alguna vinculación con la delincuencia organizada.
El caso es que las señoras, ofendidas por el trato de delincuentes que se les propinó, anunciaron su intención de presentarse ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos para solicitar una investigación así como para denunciar abuso de autoridad, con la parte que compete a la Comisión Nacional de Derechos Humanos dada la participación de corporaciones federales en dicho operativo cuyo objetivo primario era, al parecer, el traslado de 60 reos federales a otro penal de máxima seguridad.
Así que, si las ofendidas persisten, claro que habrá investigación, pero de los hechos arbitrarios, los abusos y la violencia innecesaria que se cometieron durante el operativo de revisión.
Por lo que toca a la investigación oficial, un análisis somero de la ley penitenciaria y su reglamento nos permitiría prescindir de ella porque los hechos están -han estado siempre- a la vista.
Primero, desde gobiernos anteriores el Centro de Reinserción Social de Las Cruces ha sido una romería: ahí dentro se desarrollan todo tipo de vendimias que han estado bajo control de los propios internos, nunca de las autoridades. Inclusive se negocian y concesionan los espacios, a pesar de que la ley respectiva lo prohíbe expresamente.
La Ley del Sistema de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Guerrero número 367 fue promulgada en 2004 por el gobierno de René Juárez Cisneros para sustituir una anterior legislación bastante obsoleta.
Esa ley consta de varios apartados, pero uno en particular llama la atención:
En su sección relativa a los “Derechos de los Internos”, el artículo 103 establece que, “salvo las causas de fuerza mayor, los internos podrán ser visitados por el cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos y hermanos, en ese orden”.
Igualmente establece que “los días se visita serán los miércoles, sábados y domingos, y los días 1 de enero, 30 de abril, 10 de mayo y 25 de diciembre”.
En el artículo 110 del mismo apartado, la ley establece que “los cónyuges, concubinarios y concubinas podrán recibir visita íntima una vez a la semana durante los días y horarios que establezca el reglamento, que definirá la duración de la visita en función de la capacidad de las instalaciones”.
Antes, en su artículo 108, la norma deja muy en claro que en los ceresos “no se hará cobro alguno a los internos por disfrutar de los servicios de recreación o entretenimiento que preste, o por participar en actividades recreativas o deportivas”.
Por su parte, el Reglamento de los Centros de Readaptación Social del Estado de Guerrero, en el artículo 6 de sus Disposiciones Generales, establece categóricamente lo siguiente:
“La autoridad no deberá realizar en ningún caso actos que se traduzcan en tratos inhumanos, denigrantes, torturas o exacciones económicas”.
En tal sentido, según la citada norma, “queda prohibido cualquier maltrato, toda forma de violación física y moral, y actos o procedimientos que menoscaben la dignidad de los internos”.
Otras cláusulas del citado reglamento -como los artículos 5, 7, 26, 55, 69, 70, 71, 75, 79, 101, 106 y 107- delimitan claramente las amplias facultades, responsabilidades y procedimientos a cargo del director del centro de reclusión, que se sintetizan en evitar maltrato y vejaciones contra el interno y sus familias, así como el mantenimiento del orden, la seguridad y la vigilancia sobre el tráfico de personas y objetos hacia el interior del penal.
En particular, el artículo 106 dice que el interno tiene derecho a conservar y fortalecer sus relaciones familiares, mientras que el siguiente artículo, el 107, dispone que las autoridades (en este caso, el director) formularán entre internos y visitantes “los requisitos, calendarios y horarios de visita”.
Es decir, es el director de cada centro de reclusión quien cuenta con amplias facultades, según la ley y su reglamento, para establecer las fechas y horarios en que se podrán concretar tanto las visitas familiares como la visita íntima de los cónyuges de quienes están sujetos a proceso o bajo condena.
Esto es, la decisión en cada caso recae única y exclusivamente en el director del cereso, sea quien sea la persona que ocupe ese cargo.
Si nos atenemos al cumplimiento de la ley, lo que ocurre en el cereso de Las Cruces es responsabilidad del sistema y de sus funcionarios, no de los familiares de los internos.
Si el sistema falló en evitar que circulen alcohol, armas y electrodomésticos de lujo (están permitidos los de uso portátil), entonces quien falló es la autoridad del penal, personificada por el director y el personal de vigilancia, quienes responden en la escala jerárquica a la subsecretaría de Readaptación Social y, desde luego, al secretario de Seguridad Pública, Ramón Almonte Borja.
Que Almonte Borja ignore lo que pasa en los centros de reclusión bajo su responsabilidad se antoja increíble y lo revela como un funcionario desinformado o inepto, porque la cadena de mando habitualmente está bien informada de todos los latrocinios que se cometen al interior de los ceresos, especialmente en Acapulco, donde existe una sobrepoblación de 2 mil 300 internos, con la consecuente explosividad que ello implica.
Si alguien debe ser sometido a investigación por lo que sucede en los ceresos, entonces debiera ser el titular de la SSP, no los mandos medios.
Así pues, nunca hubo prostitutas ni mujeres que “cohabitaban ilegalmente” con sus parejas, porque todo era permitido legal y expresamente por el titular del penal que, además, se beneficiaba de exacciones económicas que se imponían como cuotas a los internos y sus familias.
En particular, en el cereso de Acapulco se han cometido abusos e ilícitos solapados por las autoridades carcelarias, incidentes sobre los cuales existe conocimiento de por lo menos un homicidio brutal cometido al interior, que fue presentado como un suicidio. Pero de ello hablaremos en otra entrega.
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