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PROPONEN LEY QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE EMISIÓN DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR DESAPARICIÓN DE PERSONAS.

Categoría: Congreso de Gro. Publicado: 04 Abril 2016
Escrito por Com.Soc. del H. Congreso de Gro.
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Chilpancingo, Gro., 03 de abril de 2016.—  Para que familiares de víctimas desaparecidas cuenten con protección jurídica, así como la guardia y custodia de hijos menores, la diputada Carmen Illiana Castillo Ávila, presentó una iniciativa de Ley que Regula el Procedimiento de Emisión de Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas.

Debido a que la Declaratoria por Desaparición de Personas permite la asignación de un administrador de los bienes del desaparecido de su estatus laboral y patrimonial, el Estado debe garantizarle asistencia para un adecuado desarrollo social de los familiares de la víctima.

Por ello,  Castillo Ávila presentó la iniciativa de Ley en la cual señala la falta de regulación integral y jurídica que limita la posibilidad a familiares  de disponer de los bienes del ausente y por consecuencia imposibilita tener acceso a los derechos laborales, salud y seguridad social.

La Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas se realiza pasados los 30 días naturales de iniciada la investigación y el trámite de procedimiento es sin costo para los familiares de la víctima y están facultados para la solicitud el Ministerio Público, el conyugue o concubina de la persona desaparecida, los parientes sanguíneos hasta el tercer o segundo grado, el adoptante o adoptado con parentesco civil y los representantes legales de las familias.

La diputada de extracción PVEM manifestó que la regulación de la iniciativa de ley prevé que en lo laboral se le otorgue licencia a la víctima con goce de sueldo hasta en tanto no sea localizado o declarada la presunción de muerte que establece el Código Civil del estado o en su defecto si es localizado podrá reincorporarse a su centro de trabajo y será respetada su antigüedad por mencionar algunos.

Recalcó que la regulación de dicha ley no exime al estado de la obligación y responsabilidad de continuar con la investigación para ubicar el paradero de la persona desaparecida y sólo permite a los familiares ejercer en su nombre ciertos derechos. 

Dijo que es un tema relevante en el cual se debe trabajar con especial interés para brindar certeza jurídica, patrimonial, económica, laboral y de derechos humanos a las víctimas desaparecidas y sus familiares porque es un reclamo social ante la ola de inseguridad que se vive en el estado. 

La iniciativa de ley fue turnada a la Comisión de Derechos Humanos para su análisis.

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