Chilpancingo, Gro., 23 de marzo de 2018.- Para establecer los casos en que por la implementación de medidas legislativas, administrativas o políticas públicas deba consultarse previamente a los pueblos y comunidades indígenas, la Comisión de Asuntos Indígenas y Afromexicanos analiza una iniciativa de Ley de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado.
En ella se señala que serán sujetos de consulta todos los pueblos y comunidades indígenas de la entidad, sin distinción de credo religioso, lengua, cultura, género, filiación partidista o ideológica, y las autoridades, representantes y personas indígenas que participen en los procesos de consulta, deberán acreditar su identidad y la representación de su pueblo o comunidad ante la autoridad, institución u organismo consultante, y ratificarán su voluntad de participar por mandato en el ejercicio de consulta.
La iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano señala que con ello se conocerá la opinión y las aportaciones de las comunidades indígenas sobre temas o asuntos trascendentes relacionados con su condición de vida, o cuando pretendan instrumentarse medidas legislativas, administrativas o políticas públicas dirigidas a pueblos y comunidades.
Serán objeto obligado de consulta: El Plan Estatal de Desarrollo, los Planes Municipales de Desarrollo, los Planes de Desarrollo Urbano y del Centro Estratégico de Población, cuando afecten el territorio correspondiente a las comunidades indígenas.
Asimismo, las iniciativas de ley o reformas en materia indígena, con excepción de las relativas a la materia fiscal y presupuestaria, y el otorgamiento de concesiones, contratos y demás instrumentos jurídicos que afecten el uso y disfrute de sus tierras o recursos naturales.
De aprobarse, también se permitirá el diálogo intercultural para la construcción de consensos, para fortalecer la relación entre el Estado y los pueblos indígenas, para coadyuvar a la gobernabilidad, programas sociales o propuestas que generen beneficios y desarrollo sustentable en los mismos.
Además, el Estado garantizará el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a ser consultados respecto a los asuntos públicos fundamentales que les atañen directa o indirectamente.
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