Ayutla de los Libres, Gro.- La decisión se tomó tras revisar exhaustivamente la demanda presentada por el ex alcalde de Marquelia René González Justo en la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE).
La Sala Regional consideró que le asiste la razón a René González Justo, porque al haber sido electo en un procedimiento democrático, mediante la convención de delgados estatutariamente establecida, para ser postulado como candidato por el partido político al que está afiliado, no se le puede sustituir en el registro presentado por el PRI, alegando cumplimiento de la cuota de género, pues con ellos se vulneró su derecho político-electoral a ser votado, al inobservarse el párrafo 2, del artículo 219, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, lo cual es contrario a Derecho, como se ha sustentado en párrafos precedentes.
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